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ALCANCE DE LOS ACUERDOS DE TREGUA
Febrero 23 de 1985
Memorando del Ministro del Interior Jaime Castro, a la Comisión de Negociación y Diálogo.
Para: JOHN AGUDELO RÍOS, Presidente Comisión de Negociación y Diálogo
De: JAIME CASTRO Ministro de Gobierno
Asunto: ALCANCE DE LOS ACUERDOS DE TREGUA
Fecha: viernes 22 de febrero de 1985
Los Acuerdos suscritos con las organizaciones guerrilleras buscan, a partir del cese de los enfrentamientos armados, consolidar la paz y la convivencia ciudadana.
Este objetivo sólo podrá lograrse plenamente cuando tales organizaciones pierdan su carácter de grupos armados, se incorporen a la vida política ordinaria del país y acaten los principios y procedimientos que para participar en la vida pública establecen la Constitución y las leyes. El Congreso y el Gobierno han venido estudiando y adoptando reformas políticas, sociales y económicas que permitan el tránsito a una democracia más real, fortalezcan las instituciones y faciliten la incorporación de los alzados en armas a la vida civil.
La política de paz, tal como reiteradamente lo ha expresado el Gobierno, debe entenderse como un proceso, cuyos desarrollos graduales se escalonan en el tiempo.
Por eso el país, a más de la meridiana transparencia que pide en los propósitos que animan y alientan la consecución de la paz, también demanda su cumplimiento dentro de plazos ciertos, tal como ya ha ocurrido en el caso del Acuerdo firmado con las FARC.
Situaciones creadas y planteamientos formulados recientemente por los grupos guerrilleros, invitan al Gobierno a fijar su punto de vista sobre aquellos aspectos de los
Convenios que han suscitado alguna controversia en la opinión.
1º. Actividad Política de la guerrilla
Como consecuencia de los Acuerdos, la Fuerza Pública ha suspendido las acciones y operativos militares que, en guarda del orden público, venía realizando contra las organizaciones guerrilleras. Esta suspensión, es obvio, únicamente beneficia a los grupos y personas que cumplan celosamente los compromisos que adquirieron en dichos Acuerdos. Aprovechándose de ella, la guerrilla no puede adelantar campañas de proselitismo político con la presencia de gentes colocadas fuera de la ley, así sea únicamente por el hecho de portar armas y vestir uniformes de uso privativo de las Fuerzas Militares y de Policía.
El Gobierno reconoce y asegura la actividad política que se ajuste a los preceptos constitucionales que sustentan nuestra organización jurídica y democrática. Cuando a esos preceptos se han acogido, el M-19 y el EPL, para citar sólo dos ejemplos, han comprobado cómo el Gobierno respeta y concede las garantías a que legítimamente tienen derecho todos los partidos y movimientos políticos. Reiteramos nuestra voluntad y decisión de conceder las garantías necesarias para que los diferentes partidos, movimientos y grupos que respeten el ordenamiento jurídico vigente, puedan adelantar, en igualdad de condiciones, sus actividades políticas.
2º. Los Acuerdos no legalizaron la posesión de armas
La Ley 35 de 1982 no condicionó el otorgamiento de la amnistía a la entrega de las armas por parte de los guerrilleros. Seguramente obró así el Congreso porque tuvo en cuenta que la Ley 37 de 1981, que también concedió una amnistía, no produjo resultado alguno, precisamente por haber exigido que sus potenciales destinatarios entregaran las «armas, explosivos y municiones» que tuvieran en su poder.
Que la Ley 35 no hubiera ordenado expresamente la entrega de las armas no implicaba, de modo alguno, que quienes se acogieran a ella pudieran portarlas libremente. Así lo recordó la propia Ley al establecer en su artículo 7 sanciones más severas que las consagradas antes para esta clase de delitos. Queda claro, de esta manera, que ningún particular, amnistiado o no amnistiado, puede lícitamente portar armas sin el permiso correspondiente y ni siquiera con éste, si son de uso privativo de la Fuerza Pública. Los acuerdos de tregua, obviamente, no modificaron, como no podían hacerlo, las normas penales aquí señaladas. Por las razones anteriores, las autoridades han venido reprimiendo la posesión y el porte ilegal de armas.
El problema del porte de armas, que no admite dudas en su regulación jurídica, debe, entonces, plantearse desde un punto de vista práctico, así: en la imposibilidad de conseguir, mediante el uso de la fuerza física o de la persuasión, que la guerrilla entregue o desaparezca las armas, dicha entrega o desaparición deben tener lugar durante la tregua, a mas tardar en el momento en que la guerrilla se incorpore a la vida civil. Nadie puede reintegrarse a ésta en condiciones distintas porque ningún Estado democrático permite la presencia de partidos o movimientos armados.
Por eso, toda acción que reduzca y elimine los arsenales, contribuye positivamente a la consolidación de la paz.
3°. El Gobierno y el Diálogo Nacional
Las deliberaciones y resultados del Diálogo Nacional deben permitirle al país conocer nuevas y serias propuestas, entre otros, en dos campos fundamentales para el éxito de la política de paz: las reformas institucionales que faciliten la incorporación de la guerrilla a la vida civil ordinaria y la solución de las llamadas causas objetivas de la violencia. Por eso, el Gobierno le concede al Diálogo toda la importancia que merece y le presta el apoyo necesario para su realización. Si el que le ha brindado hasta el momento no es suficiente, está dispuesto a darle uno mayor, el necesario para que cumpla cabalmente sus objetivos, sin olvidar que sus logros dependen de la actividad que desarrolle la Comisión encargada de organizarlo y coordinarlo y del interés que en el mismo muestren las distintas fuerzas políticas, económicas y sociales del país y quienes las representen.
El Diálogo no puede convertirse en escenario para que el Gobierno presente sus políticas, proyectos y programas. Es más bien un mecanismo para que la comunidad se exprese sin ninguna limitación, pues en esencia se trata de una democrática y pluralista expresión ciudadana. Debe servir para que los distintos sectores sociales hagan los análisis y presenten las fórmulas que permitan la solución de los problemas nacionales, principalmente los vinculados a la búsqueda de la paz, la justicia social y el desarrollo democrático del país, tal como lo señala el Acuerdo que lo convocó.
Sin conocer las recomendaciones del Diálogo, el Gobierno no puede adquirir compromisos frente a ellas. Una vez se divulguen, el Ejecutivo dirá cuáles hace suyas convierte, por tanto, en actos oficiales. Seguramente el Congreso de la República hará lo propio.
Es conveniente y necesario que el Diálogo empiece a desarrollarse fuera de Bogotá. También conviene ampliar la nómina de sus participantes. Diversos sectores de opinión, en la capital de la república y fuera de ella, han manifestado su deseo de concurrir a él. Así podrá conseguir impulso y el respaldo que buscan restarle quienes encuentran falto de interés el escenario que ahora se les brinda, tal vez porque apenas lo consideran uno más dentro de los muchos que han tenido para exponer sus puntos de vista.
4º. Presencia de la guerrilla en el Diálogo Nacional
Voceros de las FARC, el M-19, el EPL y el ADO hacen parte de la Comisión de Diálogo y de sus Mesas de Trabajo. Así se convino y así está ocurriendo sin que ello signifique que al Diálogo se pueda asistir vistiendo uniformes de uso privativo de la Fuerza Pública o portando armas. Tampoco pueden asistir a sus deliberaciones quienes tengan en su contra orden de captura expedida por autoridad competente, pues corresponde a los agentes del orden hacerlas efectivas. Estas afirmaciones, que parecen obvias, son apenas repetición de claros principios constitucionales y legales, que en su momento el Gobierno recordó sin que nadie los cuestionara, y que ahora reitera únicamente para despejar las dudas que algunos puedan tener sobre el particular.
5°. Incorporación de la guerrilla a la vida civil
Como ya se dijo, el logro de la paz exige que las organizaciones guerrilleras desmantelen su aparato militar, se desmovilicen como cuerpos armados y se reincorporen a la vida política institucional del país. Es uno de los objetivos del proceso que estamos viviendo (amnistía, tregua, reformas políticas, económicas y sociales).
A pesar de los acuerdos de tregua y cese del fuego y de la actividad que cumpla la Comisión Verificadora, mientras haya guerrilla, la política de paz puede verse seriamente comprometida, incluso contra la voluntad de las partes, porque la sola presencia de ésta crea serios riesgos de enfrentamientos armados.
De ahí la necesidad de dejar establecido claramente que el proceso de pacificación exige la transformación de la guerrilla en movimiento político legal. El país no entendería que la política de paz condujera el fortalecimiento de la guerrilla (reclutamiento de nuevos efectivos, instrucción militar, construcción de fortalezas, etc.).
Por ello, debe decirse categóricamente que las autoridades no permitirán la presencia de partidos políticos que tengan apoyo armado. Dicha hipótesis repugna al sistema democrático que supone igualdad de oportunidades y de condiciones y es contraria a la lógica interna y a las reglas de ese mismo sistema. Nadie puede pretender servirse de los derechos y garantías que concede la ley a quienes intervienen en la vida pública y, simultáneamente, cumplir actividades contrarias a la misma, aunque éstas también se califiquen de políticas. Quien así obre, viola la ley y no puede, apoyado en dicha situación, participar válidamente en política.
Como al próximo debate electoral deben concurrir organizaciones que sucedan o reemplacen a la guerrilla, el Gobierno considera conveniente reiterar que no tolerará, por ningún motivo, la presencia de partidos o movimientos con brazo armado.
Para impedirlo, apelará a los instrumentos que otorga la ley con el fin de preservar el estado de derecho y solicitará del Congreso las medidas que le permitan defender la democracia.
Por las razones anotadas, con suficiente anterioridad a las elecciones de 1986, la guerrilla debe haber hecho su ingreso al régimen político institucional del país. En éste, encontrará los derechos y garantías que requiere para intervenir en la vida pública nacional. Así, también podrá contribuir eficazmente al perfeccionamiento de nuestro sistema democrático y al logro de la justicia social que todos anhelamos.
Fuente: Villarraga Sarmiento, Álvaro, compilador y editor. (2009) Gobierno del Presidente Belisario Betancur 1982-1986. Tregua y cese al fuego bilateral FARC, EPL, M-19, ADO. Tomo 1 - Serie el Proceso de Paz en Colombia. Bogotá, Colombia: Fundación Cultura Democrática, FUCUDE