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ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO, LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y EL M-19

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Transcripción

 

Marzo 9 de 1990

 

El Pacto Político por la Paz y la Democracia, suscrito el 2 de noviembre de 1989, consigna aspectos fundamentales para lograr la reconciliación nacional. Los temas que más preocupan hoy a la nación fueron abordados en la discusión que llevó a las conclusiones de consenso plasmadas en dicho pacto: la administración de justicia, el narcotráfico, la reforma electoral, las inversiones públicas en zonas de conflicto y, por supuesto, la paz, el orden público y la normalización de la vida ciudadana.

 

Con el objetivo de culminar exitosamente el proceso de paz y reconciliación con el M-19, se hace necesario refrendar esos acuerdos e incorporar elementos adicionales que sustituyan aquellos que formaban parte de la reforma constitucional que no culminó su trámite en 1989. En consecuencia, los signatarios del presente documento asumen los siguientes compromisos, derivados todos de consensos ya logrados y de la voluntad de finalizar exitosamente este empeño de pacificación.

 

             1.- Coincidimos en la necesidad de que, a través de los mecanismos ordinarios de reforma constitucional o mediante la convocatoria del constituyente primario, plebiscito, referéndum o asamblea constituyente, se fortalezca la legitimidad institucional y la aprobación de materias de vital importancia para la consecución de la paz. Nos comprometemos a promover los acuerdos políticos necesarios para alcanzar este cometido de ampliación de los espacios democráticos. De todas maneras, la decisión que se tome en este sentido deberá estar precedida de un amplio acuerdo que incluya el asentimiento de quienes ejerzan la Presidencia de la República.

 

             2.- Para promover la incorporación a la vida civil de los guerrilleros y el tránsito de la lucha armada a la vida política, se comprometen a respaldar el establecimiento, por una sola vez, de una circunscripción especial de paz para partidos políticos surgidos de movimientos alzados en armas desmovilizados y reincorporados a la vida civil. Dicha circunscripción, para Senado de la República y Cámara de Representantes, se aplicará. a más tardar, en las elecciones de 1992, y sus características se definirán entre los signatarios del posterior acuerdo.

 

             3.- En cuanto al Fondo Nacional para la Paz, previsto en el Pacto Político, destinado a adelantar acciones y programas de beneficio comunitario en las zonas donde la guerrilla desmovilizada haya tenido influencia, podrá ser ampliado en su financiación por el Gobierno, la empresa privada y por aquellas fundaciones internacionales que estén dispuestas a brindar su apoyo a esta iniciativa. Se creará una junta de alto nivel para la administración y promoción de este fondo que desarrolle estos objetivos.

 

             4.- Los signatarios de este acuerdo respaldarán una reforma electoral que tendrá las siguientes bases:

 

* Con el fin de ampliar las oportunidades electorales y de modernizar los procedimientos de votación, se establecerán la tarjeta electoral y el voto en ambiente reservado para las elecciones de alcaldes, a partir de 1992, y se estudiarán las posibilidades técnicas para incorporarlos en las elecciones de corporaciones públicas a partir de 1994.

 

* Igualmente, con el objeto de ampliar los espacios de participación política, se adoptarán medidas tendientes a la ampliación de la representación parlamentaria de las minorías a través de fórmulas tales como la circunscripción nacional y la de Territorios Nacionales.

 

             5.- En cuanto a la administración de justicia, el Gobierno nacional expedirá el decreto correspondiente a la creación de la Comisión Asesora para la Reforma Integral de la Administración de Justicia en los términos señalados en el Pacto Político. Dicha comisión, de acuerdo con esos criterios, funcionará durante un término de tres años y será conformada al más alto nivel. Se ocupará, principalmente, de proponer estrategias para la reforma de la justicia en las áreas sustantivas, administrativas, presupuestal, de personal y de procedimientos.

 

             6.- En cuanto al tema de la producción, tráfico y consumo de estupefacientes, el Ministerio de Gobierno, actuando a nombre del Gobierno nacional, integrará una comisión de carácter académico no gubernamental, con autonomía e independencia plenas, que investigue la dimensión nacional e internacional del fenómeno. La Comisión estará conformada por investigadores de universidades públicas y privadas y de centros de investigación de reconocida prestancia.

 

             7.- Respecto a los demás temas políticos, socioeconómicos y de convivencia, justicia y de orden público consignados en el Pacto Político, el Gobierno iniciará su aplicación y ejecución a partir de la fecha de dejación de las armas.

 

             8.- A partir de la fecha, el M-19 anuncia que todos sus frentes armados fueron desmovilizados y sus miembros incorporados a la vida institucional del país; anuncia, así mismo, que hizo dejación de sus armas, municiones y material de guerra ante la comisión de la Internacional Socialista designada para este fin. Para la coordinación de todo el plan de desmovilización acordado con el M-19, el Gobierno nacional creó el Consejo Nacional de Normalización mediante el decreto 314 del presente año. El Gobierno nacional, a partir de la fecha, aplicará el indulto a los miembros del M-19 y dará inicio a los programas de reinserción social y productivos acordados. El Movimiento 19 de Abril reitera, así mismo, que a este acuerdo se acogen todos sus miembros y que como grupo deja de existir.

 

             9.- Los signatarios de este acuerdo se comprometen a conformar una comisión de seguimiento (un miembro por cada signatario) con el objetivo de concretar y darle viabilidad a los compromisos aquí adquiridos.

 

             10.- El plan de seguridad se ejecutará en los términos acordados por el Gobierno nacional y el M-19 en diciembre de 1989. Dicho plan regirá hasta el 7 de agosto de 1990, con las revisiones pertinentes que se decidan de común acuerdo entre los representantes del Gobierno nacional y el M-19. Se hace manifiesta la necesidad de que, con posterioridad al 7 de agosto de 1990, se mantengan un nivel apropiado de seguridad y protección a los principales dirigentes del M-19. Con la firma del presente acuerdo se concluye una etapa decisiva para la aclimatación de la paz y el restablecimiento de la concordia, que han sido anhelo de varias generaciones de colombianos. Hoy podemos abrigar ilusiones ciertas respecto a que la sensatez y la generosidad se impondrán a la intransigencia y el radicalismo y de que en un futuro cercano las ideas políticas no serán causa de muerte entre colombianos.

 

Gobierno nacional, partidos políticos y M-19 están conscientes de la trascendencia que para el país tiene la celebración de este acuerdo: Despeja un camino de reconciliación. Afianza unas condiciones para continuar avanzando en el empeño de pacificación. Ofrece unos procedimientos e instrumentos para implementar soluciones políticas. Muestra, en fin, cómo mediante una voluntad cierta de paz de las partes involucradas, traducida en hechos concretos, se pueden lograr resultados en procura de la convivencia pacífica.

 

Señor Presidente de la República, VIRGILIO BARCO VARGAS.

Consejero Presidencial, RAFAEL PARDO RUEDA.

Señor ex presidente de la República y Director Nacional del Partido Liberal Colombiano, JULIO CÉSAR TURBAY AYALA.

Comandante General del M-19, CARLOS PIZARRO LEÓN-GÓMEZ.

Comandante del M-19, ANTONIO NAVARRO WOLF.

Monseñor ÁLVARO FANDIÑO, en representación de la Iglesia católica como tutora moral y espiritual del proceso.

Testigo: doctor LUIS AYALA, en representación de la Internacional Socialista.

 

Fuente: Villarraga Sarmiento, Álvaro, compilador y editor. (2009) Gobierno del Presidente Virgilio Barco 1989-1990. Se inician acuerdos parciales: pacto político con el M-19. Tomo 2 - Serie el Proceso de Paz en Colombia. Bogotá, Colombia: Fundación Cultura Democrática, FUCUDE

 

 

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