ACUERDO ENTRE LA COMISIÓN DE PAZ Y AUTODEFENSA OBRERA, ADO

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Agosto 23 de 1984

 

La Comisión de Paz y el sector de Autodefensa Obrera, firmante de este documento, reconocen que el proceso de paz que se adelanta necesita, para su feliz culminación, que tanto los estamentos sociales y políticos como los alzados en armas, se incorporen a él, como medio de afianzar la tranquilidad interna y de poder aplicar todas las energías nacionales a la búsqueda de las soluciones políticas, económicas y sociales, que perpetúen la paz que anhela el pueblo colombiano.

 

Los signatarios aceptan como bases de acuerdo, los siguientes puntos que, para su validez, requieren la aprobación del señor Presidente de la República, doctor Belisario Betancur:

 

Primero:  El sector firmante de Autodefensa Obrera ordenará el cese al fuego y demás acciones militares a todos sus efectivos, a partir del 30 de agosto a las cero horas.

 

Segundo:  Se comprometen a no retener ni constreñir a otros para obtener provecho y no comparte el terrorismo en ninguna de sus manifestaciones.

 

Tercero:  El señor Presidente de la República, en la oportunidad que considere justa, ordenará a las autoridades civiles y militares bajo su mando, la suspensión de todas las acciones que, en guarda del orden público, han venido adelantando contra los integrantes del sector de Autodefensa Obrera que se acoge a la paz.

 

Cuarto:  La orden del señor Presidente de la República se cumplirá, únicamente, respecto de los integrantes del sector de Autodefensa Obrera que acate este acuerdo y no violen la ley penal.

 

Quinto:  Motivado por la importancia del Diálogo Nacional, en el que se expresarán las fuerzas vivas del país interesadas en profundizar y ampliar la democracia, por las garantías ofrecidas para la efectiva participación política de todos los integrantes de los grupos alzados en armas y por la promesa oficial del «Perdón y Olvido», este sector de Autodefensa Obrera apoya y se integra a los acuerdos suscritos entre las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC-EP), el Movimiento 19 de Abril (M-19), el Ejército Popular de Liberación (EPL) y la Comisión de Paz. Como consecuencia de lo anterior este sector tendrá los mismos derechos y obligaciones acordados con los movimientos antes citados.

 

Finalmente, la Comisión de Paz recuerda que fue creada, entre otros fines, para adelantar contactos con los colombianos alzados en armas, razón por la que no puede, sin dejar de cumplir sus deberes, abstenerse de acordar la paz con el sector que dentro de una organización lo desee, por la simple consideración de que tal acuerdo no se pudiera lograr, con la totalidad del movimiento.

 

Para constancia de lo anterior se firma en Bogotá a los veintitrés (23) días del mes de

agosto de 1984.

 

Por la Comisión de Paz: 

(Fdo) JOHN AGUDELO RÍOS

(Fdo) SAMUEL HOYOS ARANGO

 

Por la Comisión de Diálogo:

(Fdo) REINALDO RAMÍREZ

 

Autodefensa Obrera

 

Por la dirección político militar:

(Fdo) ESTEBAN ZAMORA 

(Fdo) HÉCTOR FABIO ABADIA REY

(Preso político)

 

Representante político:

(Fdo) CARLOS EFRÉN AGUDELO A.

 

 

Fuente: Villarraga Sarmiento, Álvaro, compilador y editor. (2009) Gobierno del Presidente Belisario Betancur 1982-1986. Tregua y cese al fuego bilateral FARC, EPL, M-19, ADO. Tomo 1 - Serie el Proceso de Paz en Colombia. Bogotá, Colombia: Fundación Cultura Democrática, FUCUDE

 

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